Saltar al contenido

Artículo 7° del Reglamento de Uso

Qué cuesta certificarse

Una página que solo enumera beneficios no es información sino publicidad. Acá está lo que cuesta el Sello, con la tabla del Reglamento a la vista.

01

La tarifa de aplicación

Se calcula según la facturación anual del año fiscal anterior, que el solicitante declara bajo juramento. Se paga al enviar la solicitud a revisión, y hay treinta días desde que llega la factura.

Tarifa de aplicación por tramo de facturación anual, Artículo 7.1 del Reglamento de Uso y Control del Sello Empresa Indígena
TramoFacturación anualTarifa
Microempresa 1hasta 200 UFexenta
Microempresa 2 y 3200 a 2.400 UF0,5 UF + IVA
Pequeña empresa2.400 a 25.000 UF2 UF + IVA
Mediana empresa25.000 a 100.000 UF5 UF + IVA
Grande 1100.000 a 200.000 UF10 UF + IVA
Grande 2200.000 a 600.000 UF20 UF + IVA
Grande 3600.000 a 1.000.000 UF40 UF + IVA
Grande 4más de 1.000.000 UF100 UF + IVA

La exención del primer tramo no se comunica como si casi nadie pagara: 200 UF de facturación anual son del orden de $8,2 millones, y es un techo bajo para una empresa que vende.

Cuando la solicitud se aprueba, el monto íntegro de la tarifa de aplicación se descuenta de la primera tarifa trianual de certificación. No es un cobro que se suma: es un adelanto.

Si la solicitud no prospera, la tarifa no se devuelve. Por eso conviene usar antes el diagnóstico, que no cuesta nada y dice qué puerta corresponde hoy.

02

Lo que cuesta además del dinero

Documentos societarios que una empresa informal todavía no tiene: escritura, inscripción y la acreditación de quién administra.

Tres años de vigencia con auditoría de por medio. La certificación no es un trámite que se cierra: es una relación que se mantiene.

Cada año se audita al menos el 25% de la base, y nunca menos de diez empresas. Puede tocarte.

03

Si tu empresa todavía no factura

La puerta que corresponde hoy es el Directorio Indígena, cuya inscripción no tiene costo por ahora. Ahí tu empresa queda registrada y verificada, y el Sello espera a que tengas la trayectoria comercial que el Art. 13° pide.

Inscribirme en el DirectorioVer si puedo certificarme

Volver a la portada del Sello